DEL TECLADO de computadora Reglamento Salud y Seguridad Ocupacional
DEL TECLADO
“ARTÍCULO 77. El teclado debe ser inclinable e independiente de la pantalla para permitir que el trabajador adopte una postura cómoda que no provoque cansancio en los brazos y las manos, atendiendo además lo siguiente:
a) Debe haber un espacio suficiente delante del teclado para que el usuario pueda apoyar los brazos y las manos, considerando una distancia mínima de dieciséis centímetros (16cms.) entre la fila central del teclado y el borde de la superficie de trabajo.
b) La superficie del teclado debe ser de color mate para evitar reflejos al usuario.
c) Los símbolos de las teclas deben resaltar suficientemente y ser legibles desde la posición normal de trabajo.”
(Reformado segúnArt.42 del Ac. Gu. 33-2016)
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