PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Reglamento Salud y Seguridad Ocupacional DISPOSICIÓN GENERAL
CAPÍTULO IV
PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DISPOSICIÓN GENERAL
ARTICULO 109. En los centros de trabajo se debe observar las normas que para prevención y extinción de incendios, establecen, tanto el presente reglamento como todas las demás normas emanadas de organismos con competencia en la protección civil.
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